1. GLOSARIO
Capacidad significa el número máximo de personas que pueden estar dentro de un Espacio de Trabajo.
Espacio de Trabajo significa en conjunto, la oficina y/o la(s) estación(es) de trabajo que serán asignadas al Miembro durante la Vigencia.
Horario de Servicio significa el horario entre las 9am y las 6pm, de lunes a viernes. El acceso a las Instalaciones o Instalaciones Principales fuera del Horario de Servicio estará prohibido.
Instalaciones significa el edificio o parte de un edificio en el que WeWork ofrezca oficinas, estaciones de trabajo, otros espacios de trabajo y/u otros servicios a Miembros.
Instalaciones Principales significa las Instalaciones en donde se encuentran los Espacios de Trabajo o las áreas comunes, que serán utilizadas por el Miembro según disponibilidad.
Miembro significa cada persona que acepte estos Términos y Condiciones de manera individual para hacer uso de los Servicios.
Servicios significa la siguiente lista de servicios: (i) uso de un escritorio por día en las Instalaciones Principales, sujeto a disponibilidad así como de las áreas comunes; (ii) acceso a las Instalaciones Principales y a las Instalaciones; (iii) en su caso, acceso y uso no exclusivo al Espacio de Trabajo; (iv) en su caso, mantenimiento ordinario del Espacio de Trabajo; (v) en su caso, mobiliario para el Espacio de Trabajo de la calidad y en la cantidad que típicamente se proporcionen a otras compañías miembro que cuenten con Espacio de Trabajo, estaciones de trabajo y/u otros espacios de trabajo similares, según sea el caso, dentro de las Instalaciones; (vi) acceso a y uso de las conexiones de Internet compartidas de acuerdo a los términos de servicio disponibles aquí; (vii) acceso a y uso del Web de Miembros de WeWork de acuerdo a los términos de servicio disponibles aquí; (viii) uso de las salas de conferencia ubicadas en sus Instalaciones Principales o en cualquier otra de las Instalaciones durante el Horario, en cada caso sujeto a disponibilidad y previa reservación de dichas salas de conferencia a través de la aplicación del Web de Miembros de WeWork; (ix) uso de cocinas y consumo de bebidas disponibles; y (x) oportunidad de participar en eventos, beneficios y promociones exclusivos para miembros.
Vigencia significa el periodo de tiempo entre que el Miembro recibe su tarjeta de acceso a las Instalaciones Principales, y el 28 de febrero de 2021.
WeWork significa cualquiera de las siguientes entidades legales, que será responsable de proporcionar los Servicios al Miembro en las Instalaciones Principales correspondientes: (i) WeWork Argentina, S.R.L.; (ii) WeWork Colombia S.A.S.; (iii) Calle 93 Tenant, S.A.S.; (iv) WeWork Chile SpA; (v) WeWork Peru, S.R.L.; (vi) WeWork México, S. de R.L. de C.V.; (vii) Av. Adolfo López Mateos Norte 95 Tenant, S. de R.L. de C.V.; (viii) Av. Javier Barros Sierra 495 Tenant, S. de R.L. de C.V.; (ix) Blvd. Adolfo Ruiz Cortines 3720 Tenant, S. de R.L. de C.V.; (x) Blvd. Miguel de Cervantes Saavedra 169 Tenant, S. de R.L. de C.V.; (xi) Insurgentes Sur 601 Tenant S. de R.L. de C.V.; (xii) Montes Urales 424 Tenant, S. de R.L. de C.V.; (xiii) Nápoles 47 Tenant, S. de R.L. de C.V.; (xiv) Paseo de la Reforma 296 Tenant, S. de R.L. de C.V.; (xv) Paseo de los Tamarindos 90 Tenant, S. de R.L. de C.V.; (xvi) Paseo de los Virreyes 65 Tenant S. de R.L. de C.V.; (xvii) Real de Mayorazgo 130 Tenant, S. de R.L. de C.V.; o (xviii) Varsovia 36 Tenant, S. de R.L. de C.V.
2. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Sujeto a los términos y condiciones aquí descritos, así como a la disponibilidad de los Espacios de Trabajo en las Instalaciones o en las Instalaciones Principales, según sea el caso, y a cualesquiera otras reglas que resulten aplicables, WeWork proporcionará al Miembro de manera gratuita, sujeto a la Vigencia, los Servicios descritos en el Glosario de estos Términos y Condiciones que serán utilizados por el Miembro de manera personal e intransferible.
El Espacio de Trabajo estará disponible únicamente en días y horas hábiles, es decir, de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas, sujeto a aprobación de WeWork y disponibilidad del inventario de las Instalaciones o las Instalaciones Principales, según sea el caso. Bajo ninguna circunstancia se podrá hacer uso del Espacio de Trabajo fuera del Horario de Servicio. WeWork podrá modificar el Horario de Servicio sin necesidad de previo aviso y sin responsabilidad alguna y, en caso de violación a lo previsto en este párrafo, WeWork podrá dar por terminada anticipadamente la prestación de los Servicios sin responsabilidad alguna.
Para acceder a las Instalaciones o a las Instalaciones Principales, según sea el caso, el Miembro deberá utilizar su tarjeta de acceso que le será entregada el primer día de la Vigencia de los Servicios. Para recibir la tarjeta, el Miembro deberá mostrar su identificación oficial y su nombre deberá coincidir con el registrado en el sitio web de estos Términos y Condiciones. En caso de inconsistencias, WeWork no estará obligado a prestar los Servicios ni a permitir a dicha persona el acceso a las Instalaciones y/o a las Instalaciones Principales. La tarjeta es personal e intransferible.
Los Servicios no incluyen lo siguiente:
A fin de poder hacer uso de los Servicios, el Miembro deberá registrarse en la Web de Miembros de WeWork y, al hacer uso de cualquiera de los Servicios incluidos en estos Términos y Condiciones, el Miembro reconoce y acepta que observará en todo momento las disposiciones de estos Términos y Condiciones.
Adicionalmente a lo previsto en este documento, el uso de los Espacios de Trabajo está sujeto al derecho que WeWork se reserva de acceder a su Espacio de Trabajo, con o sin aviso previo, en relación con la prestación de Servicios, para fines de seguridad o en caso de emergencia o para cualquier otro propósito. Podremos temporalmente mover el mobiliario que se encuentre en su Espacio de Trabajo. Nos reservamos el derecho de alterar o reubicar su Espacio de Trabajo, ya sea en las Instalaciones Principales o en cualesquiera otras Instalaciones dentro de la misma área geográfica, en cualquier momento, así como modificar o reducir la lista de Servicios o mobiliario proporcionados para su Espacio de Trabajo. Los Servicios podrán ser proporcionados por WeWork, una afiliada o por un tercero.
3. SOBRE LA VIGENCIA
La Vigencia de la prestación de los Servicios al amparo de estos Términos y Condiciones iniciará el día en el que el Miembro reciba su tarjeta de acceso a las Instalaciones Principales, según sea el caso, y concluirá el 28 de febrero de 2021, a menos que WeWork lo dé por terminado anticipadamente. A más tardar en ese momento, el Miembro deberá remover la totalidad de sus propiedades del Espacio de Trabajo y de las Instalaciones. Después de los siete (7) días siguientes a la terminación o vencimiento de la Vigencia, tendremos derecho a disponer de cualquier propiedad que permanezca en el Espacio de Trabajo y no tendremos obligación alguna de almacenar dicha propiedad por lo que el Miembro en este acto renuncia a cualquier derecho a iniciar reclamación o demanda alguna con respecto a dichas propiedades o a nuestro manejo o disposición de dicha propiedad. El Miembro será responsable del pago de todos los costos en que incurramos por virtud de dicha disposición. WeWork no tendrá ninguna obligación implícita como depositario o custodio y el Miembro por medio de este documento se obliga a indemnizar a WeWork y/o a mantener a WeWork indemne con relación a cualquier reclamo por parte de terceros en conexión con dichas propiedades.
4. REGLAS INTERNAS
En adición a cualesquier reglas, políticas y/o procedimientos específicos para las Instalaciones utilizadas por el Miembro, éste reconoce y está de acuerdo en que:
Adicionalmente, ningún Miembro podrá:
5. CAMBIOS A LOS SERVICIOS Y/O ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES
La disponibilidad y prestación de los Servicios, así como las Instalaciones donde estén disponibles y se presten, están sujetas a cambio sin previo aviso.
6. INVITADOS
Los Servicios son personales, intransferibles e indivisibles, por lo que cualquier tipo de invitado está prohibido, así como que los Miembros permitan el acceso a cualquier otra persona. La excepción a los invitados radica únicamente en el uso de salas de juntas que deberán ser reservadas previamente mediante la Web de Miembros, en cuyo caso los invitados serán registrados en el Front Desk de las Instalaciones Principales. El número máximo de invitados será de tres (3) por Miembro quienes podrán estar únicamente en la sala de juntas correspondiente dentro del tiempo en el que la misma ha sido reservada. Una vez que concluya dicho tiempo, los invitados deberán abandonar las Instalaciones y/o Instalaciones Principales; de no hacerlo WeWork se reserva el derecho de cancelar la prestación de los Servicios en favor del Miembro.
7. PRIVACIDAD
Nosotros recopilamos, procesamos, transferimos y obtenemos información personal de nuestros Miembros conforme a los términos de nuestra Política de Privacidad, que puede encontrarse en nuestro sitio web (www.wework.com/legal/privacy), de acuerdo con todas las leyes aplicables en materia de protección a la información.
8. OTROS MIEMBROS
WeWork no es responsable por las acciones y omisiones de otros Miembros, invitados o cualesquiera terceros que se encuentren dentro de las Instalaciones y/o Instalaciones Principales. En caso de que surja una disputa entre las Empresas Miembro, miembros o sus invitados, nosotros no tendremos responsabilidad u obligación alguna de participar, actuar como mediador o indemnizar a cualquiera de las partes.
9. TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
WeWork no será responsable, ni hace declaración u otorga garantía alguna en cuanto a la seguridad de la red y el Sitio Web de Miembro(s) WeWork. WeWork no garantiza un cierto grado de acceso en relación con el uso de la red.
10. TERMINACIÓN
La prestación de los Servicios terminará el último día de la Vigencia, según se define en la sección 1 de estos Términos y Condiciones. No obstante, WeWork podrá dar por terminada anticipadamente la prestación de los Servicios en caso de incumplimiento por parte del Miembro de cualesquiera de las secciones de estos Términos y Condiciones.
11. RENUNCIA A REALIZAR RECLAMACIONES
En la medida permitido por las leyes, el Miembro renuncia a todas y cualquier derecho a formular reclamaciones y derechos que pudiera tener en contra de WeWork y/o sus afiliadas, empresas controladoras y sucesores, y en contra de cada uno de los empleados, cesionarios, funcionarios, agentes y directores de dichas entidades (en su conjunto, las “Partes WeWork”) que resulten de lesiones o daños a, o destrucción, robo o pérdida de, propiedades, personas o mascotas, excepto en la medida que sean causados por la negligencia grave, dolo o fraude de las Partes WeWork.
12. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
WeWork no será responsable por cualquier daño, lesión o pérdida que el Miembro pueda sufrir en relación con la prestación de los Servicios, incluyendo cualquier pérdida o extravío de objetos personales y de trabajo pertenecientes al Miembro.
13. INDEMNIZACIÓN
El Miembro indemnizará a las Partes WeWork de y en contra de cualquier reclamaciones, incluyendo reclamaciones, responsabilidades y gastos de terceros, incluyendo gastos razonables de abogados, que resulten de cualquier incumplimiento o de un supuesto incumplimiento por las acciones u omisiones del Miembro y de sus invitados, incluyendo cualquier daño a cualquier tercero dentro de las Instalaciones y/o Instalaciones Principales. Ninguna de las Partes WeWork será responsable de cualesquier obligaciones surgidas de un convenio celebrado sin su consentimiento previo y por escrito.
14. CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS.
WeWork no será responsable, y no se considerará que ha incumplido o violado los Términos y Condiciones, por cualquier retraso o falta de cumplimiento que surja o se genere, directa o indirectamente, de fuerzas fuera del control razonable de WeWork, incluyendo sin limitación actos u órdenes del gobierno, eventos de fuerza mayor o caso fortuito, epidemias o pandemias, o emergencias de salud pública.
15. RENUNCIA A ACCIONES COLECTIVAS
Cualquier procedimiento iniciado para resolver o litigar una controversia en cualquier foro será llevado exclusivamente de forma individual. Ni el Miembro ni WeWork ejercitarán acción colectiva para resolver una controversia, incluyendo las acciones colectivas que se contemplan en la legislación aplicable. Ningún procedimiento podrá combinarse con otro sin el consentimiento por escrito de todas las partes afectadas de todos los procedimientos afectados. El Miembro se obliga expresamente a no participar en reclamaciones que se lleven en carácter de procurador privado o representante, o en reclamaciones consolidadas que involucren la cuenta de otra persona, en caso de ser parte de un procedimiento. EL MIEMBRO RENUNCIA A SU DERECHO A PARTICIPAR COMO REPRESENTANTE O PARTE EN CUALQUIER ACCIÓN COLECTIVA EN CONTRA DE NOSOTROS.
16. NATURALEZA DE LA RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
La totalidad de las Instalaciones y del Espacio de Trabajo permanecerá siendo de nuestra propiedad o propiedad de nuestro arrendador, y nosotros detentaremos su posesión y estarán bajo nuestro control. En este acto el Miembro reconoce que su acuerdo con nosotros es de prestación de servicios y nosotros le otorgamos el derecho a compartir con nosotros el uso del Espacio de Trabajo a efecto de proporcionarle los Servicios. La relación entre WeWork y el Miembro no es la de arrendador-arrendatario o propietario-inquilino y no se le otorga al Miembro una participación, servidumbre, gravamen, posesión o derechos similares con respecto a nuestro negocio, a las Instalaciones, al Espacio de Trabajo o a cualquiera de los contenidos de las Instalaciones o Espacio de Trabajo. La prestación de los Servicios no crea derechos de arrendatario, de propiedad arrendada u otros derechos sobre inmuebles. Cada una de las partes será considerada como independiente en el cumplimiento de sus obligaciones conforme a estos Términos y Condiciones. El Miembro reconoce y acuerda que utilizará los Servicios únicamente en relación con su actividad comercial, negocio y/o profesión y se obliga a sacar en paz y a salvo a WeWork en relación con cualquier reclamación que cualquier Miembro o empleado pudiera entablar en contra de WeWork.
17. SUBORDINACIÓN
Estos Términos y Condiciones se encuentran sujetos y subordinados a nuestro contrato de arrendamiento así como a todo documento accesorio y a cualquier otro contrato al cual dicho contrato de arrendamiento se encuentre sujeto o subordinado. No obstante, lo anterior no implica ningún subarrendamiento u otra relación similar la cual esté relacionada con intereses sobre bienes inmuebles
18. AVISOS
Todos y cada uno de los avisos que deban realizarse serán enviados vía correo electrónico, y surtirán efectos a partir del primer día hábil después de su envío. Todos los avisos serán enviados vía correo electrónico a las direcciones de correo electrónico que el Miembro haya señalado para tales efectos.
19. DISPOSICIONES CONTRA EL LAVADO DE DINERO
En este acto el Miembro declara y garantiza que en todo momento ha llevado a cabo y llevarán a cabo sus operaciones de conformidad con todas las leyes contra el soborno público o comercial y el lavado de dinero (las “Leyes Contra Lavado de Dinero”), y que todos los recursos que utilizará para cumplir con sus obligaciones de pago conforme a estos Términos y Condiciones provienen de fuentes lícitas, de conformidad con las disposiciones de las Leyes Contra Lavado de Dinero.
20. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES
En este acto declara y garantiza que en todo momento el Miembro se ha conducido y conducirá sus operaciones de forma ética y de conformidad con todas las leyes aplicables.
21. DISPOSICIONES ESPECIALES POR PAÍS.
Las siguientes disposiciones serán aplicables en los países que se indican a continuación: Para Argentina aplica en Anexo 1; para Chile el Anexo 2; para Colombia el Anexo 3, para México el Anexo 4 y para Perú el Anexo 5.
ANEXO 1
CLÁUSULAS ESPECIALES PARA ARGENTINA.
21.1 Legislación Aplicable. Estos Términos y Condiciones se regirán por y serán interpretados de conformidad con las leyes de la República Argentina, y WeWork y el Miembro expresamente renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por virtud de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otro motivo.
21.2 Jurisdicción. Toda disputa, controversia o reclamo que derive de o en relación con la presente Oferta, que no pueda ser solucionada de manera amigable entre las partes de esta Oferta, serán en definitiva resueltos por medio de arbitraje de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (las “Reglas de Arbitraje”) en vigentes. La sede del arbitraje será en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
21.3 Procedimiento. Los procedimientos se llevarán a cabo de forma confidencial y en el idioma español. El laudo será definitivo, inapelable y obligatorio para las Partes. Al someter la disputa a arbitraje, las Partes se obligan a ejecutar cualquier laudo sin demora y se entenderá que han renunciado a su derecho a interponer cualquier tipo de recurso legal o apelación. La ejecución de cualquier laudo podrá ser demandado ante cualquier tribunal competente.
21.4 El árbitro podrá incluir en su laudo la determinación del pago de los costos y gastos a cargo de una de las partes, incluyendo honorarios de abogados, costos y gastos de la administración, asesores legales internos, peritos y testigos, según lo determine razonable el árbitro. Al hacer dicha determinación, el árbitro deberá considerar el éxito de las partes en sus demandas, contrademandas y recursos.
ANEXO 2
CLÁUSULAS ESPECIALES PARA CHILE.
21.1 Legislación Aplicable. Estos Términos y Condiciones se regirán por y serán interpretados de conformidad con las leyes de la República de Chile, y WeWork y el Miembro expresamente renuncian a cualquier otro fuero al que pudiera corresponderles por virtud de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otro motivo.
21.2 Arbitraje expedito. Toda disputa que derive de o en relación con estos Términos y Condiciones, incluyendo cualquier cuestión en relación con su existencia, validez, intención, interpretación, cumplimiento, ejecutabilidad o terminación, será resuelta por un Tribunal Arbitral, de acuerdo a las normas del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, que se someterá al procedimiento establecido bajo el Reglamento de Arbitraje de dicho centro. El tribunal estará integrado por un (1) árbitro designado de común acuerdo por las Partes y a falta de acuerdo (que podrá denunciar cualquiera de ellas), por el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago. La sede del tribunal será la ciudad de Santiago y el Tribunal fallará en derecho.
21.3 Procedimiento. Los procedimientos se llevarán a cabo de forma confidencial y en el idioma español. El laudo será definitivo, inapelable y obligatorio para las Partes. Al someter la disputa a arbitraje, las Partes se obligan a ejecutar cualquier laudo sin demora y se entenderá que han renunciado a su derecho a interponer recurso legal alguno. La ejecución de cualquier laudo podrá ser demandado ante cualquier tribunal competente.
21.4 El árbitro podrá incluir en su laudo la determinación del pago de los costos y gastos a cargo de una de las partes, incluyendo honorarios de abogados, costos y gastos de la administración, asesores legales internos, peritos y testigos, según lo determine razonable el árbitro. Al hacer dicha determinación, el árbitro deberá considerar el éxito de las partes en sus demandas, contrademandas y recursos.
21.6 Para efectos de lo dispuesto en esta sección, las Partes reconocen y declaran que los Términos y Condiciones se han acordado en consideración a su domicilio en Chile.
22. EXTINCIÓN DE DOMINIO
En este acto el Miembro declara y garantiza que todos sus flujos económicos relacionados con estos Términos y Condiciones serán interpretados provienen de operaciones lícitas y que bajo ninguna circunstancia incurrirá en alguna de las causales establecidas en la Legislación nacional e internacional, que pudiera afectar a WeWork, el Espacio de Trabajo o a cualquier Instalaciones de WeWork. Asimismo, Usted declara que ni Usted ni ninguno de sus Miembros, directores, funcionarios, empleados, agentes, subcontratistas, representantes o persona alguna que actúe en su nombre, han sido parte o llevarán a cabo en cualquier momento, ya sea dentro o fuera del Espacio de Trabajo o cualquiera de las Instalaciones We Work, actividades ilícitas o pertenecientes al crimen organizado.
ANEXO 3
CLÁUSULAS ESPECIALES PARA COLOMBIA
21.1 Legislación Aplicable. Estos Términos y Condiciones se regirán por y serán interpretados de conformidad con de conformidad con las leyes de la República de Colombia, y WeWork y el Miembro expresamente renuncian a cualquier otro fuero al que pudiera corresponderles por virtud de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otro motivo y sin perjuicio de las disposiciones sobre conflicto de leyes y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
21.2 Arbitraje. Toda disputa que se derive de o en relación con estos Términos y Condiciones, será resuelta por un Tribunal de Arbitramento institucional administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá que se someterá al procedimiento establecido bajo el Reglamento de Arbitraje de dicho centro. El tribunal estará integrado por un (1) árbitro designado de común acuerdo por las Partes y a falta de acuerdo (que podrá denunciar cualquiera de ellas), por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. La sede del tribunal será la ciudad de Bogotá y el Tribunal fallará en derecho.
21.3 El procedimiento se llevará a cabo de forma confidencial y en el idioma español. El laudo será definitivo, inapelable y obligatorio para las Partes. Al someter la disputa a arbitraje, las Partes se obligan a ejecutar cualquier laudo sin demora y se entenderá que han renunciado a su derecho a interponer recurso legal alguno. La ejecución de cualquier laudo podrá ser demandado ante cualquier tribunal competente.
21.4 El árbitro podrá incluir en su laudo la determinación del pago de los costos y gastos a cargo de una de las partes, incluyendo honorarios de abogados, costos y gastos de la administración, asesores legales internos, peritos y testigos, según lo determine razonable el árbitro. Al hacer dicha determinación, el árbitro deberá considerar el éxito de las partes en sus demandas, contrademandas y recursos.
21.6 Para efectos de lo dispuesto en esta sección, las Partes reconocen y declaran que los Términos y Condiciones se han acordado en consideración a su domicilio en Colombia.
22. EXTINCIÓN DE DOMINIO.
En este acto Usted declara y garantiza que todos sus flujos económicos relacionados con estos Términos y Condiciones provienen de operaciones lícitas y que bajo ninguna circunstancia incurrirá en alguna de las causales establecidas en la Ley 1708 de 2014, que pudiera afectar a WeWork, el Espacio de Trabajo o a cualquier Instalaciones de WeWork. Asimismo, Usted declara que ni Usted ni ninguno de sus Miembros, directores, funcionarios, empleados, agentes, subcontratistas, representantes o persona alguna que actúe en su nombre, han sido parte o llevarán a cabo en cualquier momento, ya sea dentro o fuera del Espacio de Trabajo o cualquiera de las Instalaciones We Work, actividades ilícitas o pertenecientes al crimen organizado.
ANEXO 4
CLÁUSULAS ESPECIALES PARA MÉXICO.
21.1 Legislación Aplicable. Estos Términos y Condiciones se regirán por y serán interpretados de conformidad con las leyes de la Ciudad de México, y WeWork y el Miembro expresamente renuncian a cualquier otro fuero al que pudiera corresponderles por virtud de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otro motivo.
21.2 Arbitraje expedito. Toda disputa que derive de o en relación con estos Términos y Condiciones, incluyendo cualquier cuestión en relación con su existencia, validez, intención, interpretación, cumplimiento, ejecutabilidad o terminación, que no pueda ser solucionada de manera amigable entre las partes dentro de un plazo que no podrá exceder de 10 días calendario, serán en definitiva resueltos por medio de arbitraje de conformidad con las Reglas de Arbitraje para Reclamaciones Menores de la Cámara Nacional de Comercio de México (las “Reglas de Arbitraje”) en vigor. El procedimiento de arbitraje se llevará a cabo por un solo árbitro designado de conformidad con las Reglas de Arbitraje en la Ciudad de México, México.
21.3 Procedimiento. Los procedimientos se llevarán a cabo de forma confidencial y en el idioma español. El laudo será definitivo, inapelable y obligatorio para las Partes. Al someter la disputa a arbitraje, las Partes se obligan a ejecutar cualquier laudo sin demora y se entenderá que han renunciado a su derecho a interponer recurso legal alguno. La ejecución de cualquier laudo podrá ser demandado ante cualquier tribunal competente.
21.4 El árbitro podrá incluir en su laudo la determinación del pago de los costos y gastos a cargo de una de las partes, incluyendo honorarios de abogados, costos y gastos de la administración, asesores legales internos, peritos y testigos, según lo determine razonable el árbitro. Al hacer dicha determinación, el árbitro deberá considerar el éxito de las partes en sus demandas, contrademandas y recursos.
22. EXTINCIÓN DE DOMINIO
En este acto el Miembro declara y garantiza que todos sus flujos económicos relacionados con estos Términos y Condiciones provienen de operaciones lícitas y que bajo ninguna circunstancia incurrirá en alguna de las causales establecidas en la Ley Federal de Extinción de Dominio, que pudiera afectar a WeWork, el Espacio de Trabajo o a cualquier Instalaciones de WeWork. Asimismo, el Miembro declara que no ha sido parte o llevará a cabo en cualquier momento, ya sea dentro o fuera del Espacio de Trabajo o cualquiera de las Instalaciones, actividades ilícitas o pertenecientes al crimen organizado, incluyendo, sin limitación, cualquiera de las actividades y/o activos descritos en el artículo 22, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ANEXO 5
CLÁUSULAS ESPECIALES PARA PERÚ.
21.1 Legislación Aplicable. Estos Términos y Condiciones se regirán por y serán interpretados de conformidad con las leyes de la República de Perú, en el idioma español, que es el idioma del texto oficial de este acuerdo.
21.2 Arbitraje. Toda disputa que derive de o se vincule con estos Términos y Condiciones, incluyendo cualquier cuestión en relación con su existencia, validez, intención, interpretación, cumplimiento, ejecución o terminación, que no pueda ser solucionada de manera amistosa entre las partes dentro de un plazo de diez (10) días calendario contado desde la fecha en la cual una notifique a la otra del inicio del período de trato directo, serán en definitiva resueltos por medio de arbitraje de Derecho, administrado y sujeto al Reglamento de Arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. El procedimiento de arbitraje se llevará a cabo por un solo árbitro quien será designado por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. El arbitraje se llevará a cabo en la ciudad de Lima, Perú.
21.3 Procedimiento. El proceso arbitral se llevará a cabo de forma confidencial y en el idioma castellano. El laudo será definitivo, inapelable y obligatorio para las partes. El árbitro podrá incluir en su laudo la determinación del pago de los costos y gastos a cargo de una de las partes, incluyendo honorarios de abogados, costos y gastos de la administración, asesores legales internos, peritos y testigos, según lo determine razonable. Al hacer dicha determinación, el árbitro deberá considerar el éxito de las partes en sus demandas, contrademandas y recursos.
21.4 Todo aquello que se encuentra relacionado con el presente convenio arbitral y/o con el arbitraje, que no se encuentre reglamentado por la presente cláusula, se regirá por lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1071 (Decreto Legislativo que norma el Arbitraje) o la norma que lo sustituya. A efectos del arbitraje se tomará en cuenta las siguientes reglas:
(a) Este convenio arbitral se extiende solamente a las partes que lo suscriben o cesionarios directos y, por lo tanto, constituye pacto en contrario del artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1071;
(b) Las partes pactan en contra de lo establecido en el inciso 4 del artículo 34° del Decreto Legislativo N° 1071 y por lo tanto acuerdan que ningún árbitro podrá ampliar, a su solo criterio, los plazos establecidos para las actuaciones procesales;
(c) El árbitro no podrá modificar el lugar del arbitraje ni el idioma del proceso sin consentimiento de las partes; y,
(d) El (los) representante(s) legal(es) de las partes en el arbitraje no están autorizados para disponer, allanarse, reconocer o transigir sobre los derechos o pretensiones que se discutan en el arbitraje, a menos que tales facultades le(s) hayan sido otorgadas expresamente.
21.5 Las partes se someten a la competencia de los tribunales y jueces del distrito judicial de Lima-Centro para cualquier cuestión vinculada al arbitraje que corresponda ser tramitada judicialmente, incluyendo pero sin limitarse al recurso de nulidad de laudo arbitral. Asimismo, las partes dejan expresa constancia de que el inicio del arbitraje regulado por la presente cláusula no suspenderá, bajo ninguna circunstancia, la exigibilidad de las obligaciones contenidas en estos Términos y Condiciones, ni sustituirá ni reemplazará el proceso de ejecución de las garantías otorgadas en su virtud.